Reglamento (CE) 353/2008 solicitud de declaraciones de propiedades saludables

eurlex_logoReglamento (CE) nº 353/2008 de la Comisión, de 18 de abril de 2008, por el que se establecen normas de desarrollo para las solicitudes de autorización de declaraciones de propiedades saludables con arreglo al artículo 15 del Reglamento (CE) nº 1924/2006 del Parlamento Europeo y del Consejo.

En su anexo se desarrolla toda la norma técnica que rige la elaboración y presentación de las solicitudes de declaraciones de propiedades saludables en productos alimenticios. En ella nos encontramos con además de las explicaciones sobre la información que se debe de proporcionar, sobre la estructura del documento. Se indica en el artículo 4 que todos los datos protegidos por propiedad intelectual deberán ser presentados en un documento separado al de la propia solicitud.

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Nuevas guías de la FSA

fsaLa FSA (Food Standards Agency) del Reino Unido ha publicado dos nuevas guías de ayuda al cumplimiento de la normativa por parte de los productores de alimentos.

Una de ellas sobre etiquetado de productos alimenticios y la otra acerca de su fortificación con vitaminas y minerales:

Más guías en Food Legis.

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Nueva modificación de la Directiva 90/496/CEE

eurlex_logoSe ha presentado un documento de trabajo de la Comisión Europea relativo a un borrador de Directiva para modificar la Directiva 90/496/CE en relación a las cantidades diarias recomendadas, factores de conversión de la energía y ciertas definiciones de fibra.

  • En primer lugar se hace una modificación de la definición de fibra alimentaria.
  • Se incluye la fibra con 2 kcal/g y el eritritol con  0 kcal/g en los factores de conversión de valor energético.
  • Se modifica como sigue las cantidades diarias recomendadas: Vitamina E sube de 10 a 12 mg, la Vitamina C pasa de 60 a 80 mg, la tiamina baja de  1.4 a 1.1 mg, la riboflavina pasa de 1.6 a 1.4 mg, la niacina de 18 a 16 mg, la B6 de 2 a 1.4 mg, la B12 pasa de 12 a 2.5 microgramos, la biotina de 150 a 50 microgramos, el fósforo de 800 a 700 mg, el magnesio de 300 a 375 mg y el zinc de 15 a 10 mg.
  • Se añaden las siguientes vitaminas y minerales a la tabla: Vitamina K, cobre, manganeso, flúor, selenio, cromo, molibdeno, yodo.

Desde la fecha de su aprobación los Estados Miembros tendrán un plazo de 4 años para asegurarse que no quedan en el mercado productos que no cumplan con la Directiva.

Un saludo a tod@s.


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Guía de etiquetado de la FDA

FDALa Food and Drugs Agency (FDA) ha actualizado la guía de etiquetado, A Food Labeling Guide, de la anterior versión con fecha de 1994 a ésta más actual. Sigue el mismo formato que tenía la anterior a base de preguntas y respuestas y da solución a los problemas más habituales que se pueden encontrar a la hora de preparar una etiqueta para el mercado de USA.

Sin embargo se debe de recordar que no es un substituto de la legislación, y todo alimento puesto en dicho mercado debe de cumplir con The Federal Food, Drug, and Cosmetic Act (FD&C Act) y Fair Packaging and Labeling Act que son las leyes Federales que regulan a los alimentos y que están bajo jurisdicción de la FDA. En concreto todo lo referente al etiquetado de alimentos está recogido en el Title 21 del Code of Federal Regulations Part 101. Por tanto ahí es a donde debemos referirnos en todo caso.

También podéis encontrar más información en Food Legis.

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UK confusión para el consumidor

food_labellingDe acuerdo a la información aparecida hoy en un periódico británico, Telegraph, parece ser que el gobierno británico ha conseguido que la Unión Europea acepte que en el Reino Unido emplee la fórmula del semáforo en las etiquetas de los alimentos para indicar el contenido de ciertos nutrientes, siempre y cuando no vaya en contra de la nueva legislación que se está preparando y que contempla el uso de las Ingesta Diaria Recomendada en el frontal del envase.

El esquema ya está siendo empleado por algunas grandes superficies y servicios de catering, como Asda y Mark & Spencer, mientras que otros han criticado su utilidad.

Al final no vamos a tener espacio en las etiquetas para lo que es publicidad y a mi modo de ver el empleo de ambas variantes no va a lograr nada más que inducir a la confusión al consumidor. La Comisión jamás debería de haber permitido esto, es más, el futuro Reglamento no debería dejar vía libre a la hora de que un país decida el formato de la información, éste tiene que venir predeterminado en la misma norma.

Foto propiedad de Press Association.

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Novedades legislativas

Hoy el día ha sido cargadito en España y sobre todo en la Unión Europea.

Empezamos por las novedades del BOE de fecha 2008-02-13:

  • Construcción y demolición. Residuos.- Real Decreto 105/2008 (pdf, 220 KB), de 1 de febrero, por el que se regula la producción y gestión de los residuos de construcción y demolición.

En el Diario Oficial de la Unión Europea tenemos 4 Reglamentos relacionados con los alimentos, ya sabemos que para enero del 2009 se conocerán los perfiles nutricionales para poder realizar declaraciones de nutrición y salud en los alimentos, así como las dosis máximas de ciertas vitaminas y minerales añadidos a alimentos y bebidas. Los Reglamentos son los siguientes:

  • Reglamento (CE) no 107/2008 (pdf, 80,2 KB) del Parlamento Europeo y del Consejo, de 15 de enero de 2008, por el que se modifica el Reglamento (CE) no 1924/2006 relativo a las declaraciones nutricionales y de propiedades saludables en los alimentos por lo que se refiere a las competencias de ejecución atribuidas a la Comisión.
  • Reglamento (CE) no 108/2008 (pdf, 78,5 KB)del Parlamento Europeo y del Consejo, de 15 de enero de 2008, por el que se modifica el Reglamento (CE) no 1925/2006, sobre la adición de vitaminas, minerales y otras sustancias determinadas a los alimentos.
  • Reglamento (CE) no 109/2008 (pdf, 73 KB)del Parlamento Europeo y del Consejo, de 15 de enero de 2008, por el que se modifica el Reglamento (CE) no 1924/2006 relativo a las declaraciones nutricionales y de propiedades saludables en los alimentos.
  • Reglamento (CE) no 110/2008 (pdf, 241,4 KB)del Parlamento Europeo y del Consejo, de 15 de enero de 2008, relativo a la definición, designación, presentación, etiquetado y protección de la indicación geográfica de bebidas espirituosas y por el que se deroga el Reglamento (CEE) no 1576/89 del Consejo.

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Propuesta de la Comisión sobre etiquetado de alimentos

ue_flagYa está disponible el documento con el texto de la Propuesta de Reglamento para el etiquetado de alimento en la UE, 2008/0028/COD. Podéis acceder a él en el sitio PreLex y desde allí hacer un seguimiento del desarrollo del todo el proceso de codecisión.

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Directiva codificada sobre etiquetado de ciertos productos alimenticios.

EurlexEn el Diario Oficial de la Unión Europea de hoy se ha publicado la Directiva 2008/5/CE (pdf 47,1 KB) de la Comisión, de 30 de enero de 2008, relativa a la indicación en el etiquetado de determinados productos alimenticios de otras menciones obligatorias distintas de las previstas en la Directiva 2000/13/CE del Parlamento Europeo y del Consejo (Versión codificada).

Recoge la obligatoriedad de ciertas indicaciones en el etiquetado de los siguientes productos ya aparecidas en anteriores Directivas con el objetivo de reunirlas todas en un solo documento:

  • Productos en atmósfera protectora.
  • Con edulcorantes o azúcares y edulcorantes.
  • Con aspartamo.
  • Con más del 10% de polioles.
  • Bebidas y alimentos con ácido glicirricí­nico.

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La Comisión Europea revisa el etiquetado de alimentos

eurlexHoy el Comisario Markos Kyprianou ha desvelado el núcleo de la Propuesta de la Comisión para el etiquetado de alimentos en la Unión Europea.

El objetivo es que las etiquetas sean más claras y se adapten mejor a las necesidades de los consumidores europeos, que tengan un acceso fácil a la información más importante que aparece en las etiquetas y que su presentación tenga cierto nivel de uniformidad en los veintisiete Estados miembros. Al mismo tiempo, las nuevas medidas propuestas son flexibles en relación con los cambios del mercado y pretenden fomentar la innovación de la industria alimentaria.

Se quiere facilitar una elección más saludable por parte del consumidor, se exige que el contenido de energí­a, grasas, grasas saturadas, carbohidratos con referencia especí­fica a la sal y los azúcares, por porción o por 100 ml/g del producto se exponga con claridad en la parte frontal del envase. Además, deberá indicarse la proporción de esos elementos de la ingesta de referencia (por ejemplo, cantidad diaria recomendada).

La legibilidad es primordial por tanto todos los textos obligatorios serán de un tamaño má­nimo de letra de 3 mm y con un contraste adecuado con el fondo.

Se extiende la obligatoriedad de la indicación de la presencia de alérgenos, además de a los productos envasado como hasta ahora, los alimentos sin envasar y la comida servida en restaurantes u otros establecimientos de restauración también deberán indicar la presencia de alérgenos, para proteger mejor a quienes son susceptibles de sufrir reacciones ante dichos productos.

Tras su aprobación entrará en vigor en 20 días, y para la información en el frontal del envase hay un plazo de 3 años para adaptarse las empresas y en el caso de tener estas menos de 10 empleado el plazo de adaptación se amplia a 5 años.

El impacto va a ser enorme por la implicación de revisión de etiquetas y envases, sobre todo el aspecto de la legibilidad y como afecta a etiquetados en varios idiomas, posiblemente obligará tener una serie de referencias de envases en función de 2 o 3 paí­ses de destino como máximo.

Más información en la nota de prensa.

En cuanto tenga el ví­nculo al documento propuesta os lo indico en el blog.

Un saludo a tod@s.

Novedades legislativas España

Logo BOEEn el Boletí­n Oficial del Estado del pasado dí­a 26 de enero se han publicado las siguientes normas:

Productos alimenticios. Etiquetado.- Real Decreto 36/2008 (pdf 67KB), de 18 de enero, por el que se modifica la norma general de etiquetado, presentación y publicidad de los productos alimenticios, aprobada por el Real Decreto 1334/1999, de 31 de julio, en lo que respecta al etiquetado de determinados productos alimenticios que contienen altramuces y moluscos.

Aditivos alimentarios.- Corrección de erratas de la Orden SCO/3317/2007 (pdf 101KB), de 8 de noviembre, por la que se modifica el anexo del Real Decreto 2106/1996, de 20 de septiembre, por el que se establecen las normas de identidad y pureza de los edulcorantes utilizados en los productos alimenticios. Afecta a la sacarina sódica, cálcica, potásica, jarabe de maltitol y sucralosa.

Medio ambiente.- Real Decreto Legislativo 1/2008 (pdf 430KB), de 11 de enero, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Evaluación de Impacto Ambiental de proyectos.

Un saludo a tod@s.